22/12/2014

Cambia la normativa en las compras online de bienes y productos

A partir del 1 de enero del 2015 entrará en vigor la Directiva UE 2008/8/CE de la Unión Europea según la cual se modifica el IVA aplicable a la prestación de bienes y servicios consumidos online a través de las compras que también han sido realizadas online. Algunos ejemplos serían libros electrónicos, música o aplicaciones móviles. Según la nueva normativa, se aplicará el IVA correspondiendo del país donde el cliente recibe el mercado o consume el servicio. Hasta ahora se pagaba el impuesto del país donde la empresa tenía domiciliada su sede fiscal.

Las agencias tributarias de los países de la Unión Europea han creado un nuevo régimen de tributación denominado MOSS (Mine One Stop Shop) que hará las funciones de ventanilla única y que permitirá a los empresarios registrarse sólo al país donde tengan su domicilio fiscal y, de este modo, se evitará la obligación de registrarse en todos los países de origen de sus clientes.

Desde la consultoría alterego nos ponemos a disposición de todos estos profesionales con un e-commerce que comercialice bienes y servicios online para poner al día sus negocios, adaptándose a la nueva normativa sobre el IVA.

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